Alcalde radicará en el Concejo paquete de alivios tributarios con reducción del 90 % en mora por impuestos

El alcalde James Padilla García presentara ante el Concejo Municipal el proyecto de acuerdo por medio del cual ‘se establecen beneficios tributarios transitorios para el pago de obligaciones en mora y la recuperación de cartera en Armenia’, buscando entregar beneficios a los armenios en lo que resta de la vigencia, que faciliten la recuperación económica en medio de la emergencia.

Con independencia del estrato socioeconómico y del uso del predio, la iniciativa establece reducción del 90% en los intereses de mora causados sobre las obligaciones del Impuesto Predial Unificado correspondientes a las vigencias 2025 y anteriores, causadas y vencidas, pagaderos hasta el 28 de diciembre de 2026.

También se determina una reducción transitoria del 90 % de los intereses de mora de la contribución de valorización, siempre que el pago total se efectúe en el plazo establecido.

“Pensando en el bolsillo de los armenios y de la situación económica que atraviesa la ciudad con ocasión de esta nueva emergencia, di instrucciones a la Secretaría de Hacienda para radicar este proyecto que permita, que los armenios accedan a alivios tributario antes de que se acabe el año, obteniendo reducciones del 90 % en los intereses moratorios de sus impuestos”, dijo el alcalde James Padilla García.

Otros impuestos

Para los demás tributos, incluidos el impuesto de alumbrado público, impuesto de teléfonos y la sobretasa a la gasolina, los intereses causados hasta el mes de agosto de 2026 y que se encuentren en mora, también contarán con un descuento del 90 %, siempre y cuando el pago se efectúe antes del 28 de diciembre de 2026.
Reducción transitoria de sanciones

Las sanciones impuestas por la Secretaría de Hacienda y sus dependencias, ya sean de carácter tributario o no tributario, así como aquellas que se deriven o se propongan mediante emplazamientos para declarar, emplazamientos para corregir y pliegos de cargos proferidos por la Administración Municipal, originadas en conductas cometidas con anterioridad al mes de julio de 2026, se reducirán en el porcentaje único del 90 %.

Los beneficios se aplicarán exclusivamente sobre el pago total de la respectiva obligación tributaria efectuado dentro de los plazos previstos y no proceden respecto de abonos ni de pagos parciales.

Se exceptúan del beneficio los intereses causados por la mora en la transferencia de las retenciones a título de industria y comercio, estampillas municipales y tasa Pro-Deporte y Recreación, dada su naturaleza y destinación específica legal a favor de terceros.

Beneficios sobre la sobretasa ambiental con destino a la Corporación Autónoma Regional del Quindío (CRQ), causada en 2022 y en vigencias anteriores a 2022, no fue contemplada en el paquete tributario, en razón de su destinación específica legal a favor de la autoridad ambiental.

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